SANEAMIENTO Y REGULARIZACIÓN FISCAL

Regularización tributaria y deudas SUNAT: pon tu situación al día

Revisamos declaraciones pendientes, aplicamos el régimen de gradualidad para rebajar multas hasta en un 95% y tramitamos fraccionamientos tributarios para levantar embargos y recuperar tu operatividad.

Regularización Tributaria - EPC Estudio Contable Surco
Asesoría especializada por Contadoras Públicas Colegiadas — EPC Estudio Contable.

¿Te identificas con alguno de estos desafíos?

La mayoría de contingencias tributarias y laborales nacen de la desinformación o de procedimientos postergados. En EPC identificamos y corregimos las causas desde el origen:

01.

Meses o años sin presentar declaraciones juradas

Haber suspendido declaraciones por falta de ventas o dificultades financieras acumula resoluciones de multa automáticas por cada periodo omitido, independientemente de que no haya habido impuesto por pagar.

02.

Embargos en cuentas bancarias por cobranza coactiva

Medidas cautelares trabadas por el Ejecutor Coactivo de SUNAT sobre cuentas corrientes o cuentas de ahorros que paralizan la disponibilidad de fondos y el pago a proveedores.

03.

Temor a que la deuda acumulada sea inmanejable

Desconocer que la subsanación voluntaria antes de cualquier notificación formal permite acceder a descuentos de hasta el 95% o 100% sobre el valor nominal de las multas de SUNAT.

El proceso de regularización y saneamiento ante SUNAT

Tener declaraciones pendientes o deudas en cobranza coactiva paraliza operaciones. Este es el protocolo técnico que ejecutamos para recuperar tu tranquilidad:

01

Radiografía Integral en Clave SOL y Buzón Electrónico

Diagnóstico

Revisamos exhaustivamente las notificaciones no leídas, valores emitidos (Órdenes de Pago, Resoluciones de Determinación y Resoluciones de Multa) y estado de cobranza coactiva.

02

Aplicación de Máximas Rebajas del Régimen de Gradualidad

Ahorro Legal

Conforme a la R.S. N° 063-2007/SUNAT, la subsanación voluntaria permite acogerse a descuentos de hasta el 95% o 85% sobre el importe de las multas formales antes de cualquier requerimiento fiscal.

03

Reconstrucción Contable y Declaraciones Rectificatorias

Reconstrucción

Reorganizamos tus facturas reales de compras y ventas, determinamos el crédito fiscal fehaciente y presentamos las declaraciones juradas mensuales omitidas o mal calculadas.

04

Fraccionamiento y Aplazamiento Tributario (Artículo 36 C.T.)

Blindaje

Estructuramos la deuda insoluta para pagarla en cuotas mensuales (hasta 72 meses). Con la solicitud formal aprobada se suspende de inmediato cualquier embargo de cuentas bancarias.

¡Cuidado crítico con las Órdenes de Pago (OP)!: A diferencia de las Resoluciones de Determinación, una Orden de Pago no permite interponer recurso de reclamación sin cancelar previamente la totalidad de la deuda. Si no se atiende en 7 días hábiles, SUNAT inicia cobranza coactiva y retención bancaria inmediata. Actuar con rapidez es fundamental.

Lo que EPC asume por tu empresa

Transparencia profesional desde el primer día: entregables concretos y precisiones claras sobre el alcance:

Prestaciones y entregables incluidos

  • ✓ Radiografía exhaustiva de valores emitidos (Órdenes de Pago, Resoluciones de Determinación y Resoluciones de Multa) en Clave SOL.
  • ✓ Reconstrucción contable de comprobantes de compras y ventas de los periodos pendientes de declaración.
  • ✓ Elaboración y presentación de declaraciones juradas mensuales y anuales omitidas o rectificatorias.
  • ✓ Aplicación estricta de las rebajas del Régimen de Gradualidad de Sanciones (R.S. N° 063-2007/SUNAT).
  • ✓ Tramitación de solicitudes de Fraccionamiento y/o Aplazamiento tributario (Artículo 36 del Código Tributario) hasta en 72 cuotas.
  • ✓ Gestión documental para levantar la condición de 'No Habido' o 'No Hallado' en la ficha RUC.

Precisiones y límites transparentes

  • • Ningún profesional ético puede 'borrar' ni 'desaparecer' deudas tributarias válidamente devengadas; aplicamos las vías y beneficios que el marco legal peruano otorga.
  • • No tramitamos recursos infundados ante el Tribunal Fiscal con fines meramente dilatorios.
  • • Las cuotas del fraccionamiento aprobado se abonan con cargo directo a la cuenta bancaria del propio contribuyente.
TRANQUILIDAD FINANCIERA

Un plan técnico, realista y transparente para recuperar tu operatividad comercial

Atender deudas con SUNAT requiere rapidez y criterio técnico. Revisamos si tus deudas fueron correctamente liquidadas por la administración, si existen plazos de prescripción aplicables (Art. 43 del Código Tributario) y cómo estructurar los pagos en cuotas mensuales manejables para que tu negocio continúe funcionando sin embargos.

Preguntas frecuentes sobre este servicio

Respuestas transparentes a las consultas habituales de nuestros clientes:

Sí. Las deudas en cobranza coactiva pueden ser materia de fraccionamiento tributario conforme al Artículo 36 del Código Tributario, siempre que no se haya trabado un remate efectivo. Una vez aprobada la solicitud de fraccionamiento por la SUNAT, el Ejecutor Coactivo está obligado a levantar las medidas cautelares de retención bancaria.

La acción de la SUNAT para determinar la obligación tributaria y exigir su pago prescribe a los 4 años para contribuyentes que presentaron sus declaraciones, y a los 6 años para aquellos que no las presentaron. Sin embargo, cualquier notificación de cobranza o requerimiento formal interrumpe o suspende el plazo de prescripción. En EPC evaluamos tu expediente para verificar si califica formalmente a una solicitud de prescripción.

ATENCIÓN PERSONALIZADA

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